viernes, 2 de octubre de 2020

Decreto Ejecutivo 2393 ART. 128

 

Art. 128.- MANIPULACION DE MATERIALES.

4. El peso máximo de la carga que puede soportar un trabajador será el que se expresa en la tabla siguiente:

Varones hasta de 16 años 35 libras

Mujeres hasta 18 años 20 libras

Varones de 16 a 18 años 50 libras

Mujeres de 18 a 21 años 25 libras

Mujeres de 21 años o más 50 libras

Varones de más de 18 años hasta 175 libras.

BIBLIOGRAFÍA

 

Ministerio de trabajo. (2003). Decreto ejecutivo 2393 de la República del Ecuador, Reglamento de seguridad y salud de los trabajadores. Obtenido de http://www.trabajo.gob.ec/wp-content/uploads/2012/10/DECRETO-EJECUTIVO-2393.-REGLAMENTO-DE-SEGURIDAD-Y-SALUD-DE-LOS-TRABAJADORES.pdf

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