Conexiones eléctricas
Art. 30.- Instalaciones eléctricas temporales. - Cumplirán con los siguientes requisitos:
6. En todas las tomas de corriente eléctrica se indicará claramente la tensión de alimentación y su función.
7. Las instalaciones eléctricas estarán protegidas contra los rayos.
8. Las personas que hayan de utilizar o manipular equipos eléctricos estarán bien entrenados sobre los peligros que entrañe tal equipo.
BIBLIOGRAFÍA
TRABAJO, M. D. (10 de ENERO de 2008). REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD PARA LA CONSTRUCCION Y OBRAS PUBLICAS. Obtenido de http://www.trabajo.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2012/12/Reglamento-de-Seguridad-y-Salud-para-la-Construcci%C3%B3n-y-Obras-P%C3%BAblicas.pdf
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